De las sentencias
Dos de las clases de estas semana coincidieron en tema, ambas se refirieron a la sentencia, en la clase de ética con el Dr. Carlos Rodríguez Araujo nos referimos a la sentencia y la observamos como sentencia ferenda, y en amparo con el Ministro Juan Díaz Romero, vimos los destacables puntos que el juzgador debería observar al momento de dictar sentencia, mismos que transcribo a continuación:
Los 7 pasos para dictar una sentencia
El doctor Massini* dedica comentarios importantes a la teoría dela objetividad expuesta por Jules Coleman y Brian Leiter, que en el orden práctico son de utilidad para describir las etapas ideales para dictar una sentencia:
- El juez debe estar perfectamente informado de todos los hechos de la controversia;
- Asimismo, debe estar informado de todas fuentes jurídicas referentes a la litis (normas constitucionales, legales y reglamentarias, jurisprudencia, precedentes, doctrina, etc.);
- Ser observante de las leyes de la lógica y proceder racionalmente;
- Actuar de manera imparcial (e independiente, habría que agregar);
- Ser imaginativo cuando el caso requiere sopesar los intereses afectados, como por ejemplo cuando hay que decidir, mediante ponderación, entre dos principios fundamentales;
- Ser sensible al entorno cultural y social para saber razonar analógicamente;
- En el ejercicio de la discrecioanalidad prudencial el juez debe ir más allá de la coherencia y exterioridad de la seis condiciones anteriores, puesto que apoyándose en un juicio de orden práctico debe buscar la solución que procure el bien humano. Esta sería la séptima condición, la de fondo, conforme a la cual el juez debe buscar aquel resultado que sea más acorde con el bien humano; éste sería el índice de lo justo, la brújula de lo justo.
Massini Correas, Carlos. Objetividad jurídica Interpretación del Derecho, Porrúa y Universidad Panamericana, México, 2008, p. 94 a99)
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